Operaciones Encubiertas

  • Por Equipo Expresión Forense
  • |
  • 30 noviembre, 2021
  • |
  • Artículo de Interés
  • |
operaciones-encubiertas

Las operaciones encubiertas son de las técnicas más antiguas de vigilancia y control de las organizaciones criminales en el mundo, estas consisten en que el agente encargado de la investigación realice la búsqueda de datos e informaciones ocultando su identidad al poder público, con lo cual puede acceder a ambientes sociales y a personas que tendría vedado si no actuara de forma subrepticia.

Debido a que las actividades delictivas en la actualidad se han vuelto más sofisticadas, las técnicas de investigación tienen que estar en constante evolución, para poder hacerle frente al avance de las nuevas estrategias de combate al crimen.

De acuerdo con la guía de lineamientos para las operaciones encubiertas de la Oficina Federal de Investigaciones (FBI), por sus siglas en inglés, las operaciones encubiertas son: “Cualquier actividad de investigación que implique el uso de un nombre supuesto o una identidad de portada, que involucra una serie de actividades encubiertas relacionadas durante un periodo de tiempo determinado por parte de un empleado encubierto. Generalmente consiste en más de tres contactos separados por parte de un empleado encubierto con la persona bajo investigación. Sin embargo, la actividad encubierta que involucra circunstancias delicadas o fiscales constituye una operación encubierta independientemente del número de contactos involucrados.”

Igualmente existe la necesidad de precisar que toda infiltración policial se desarrolla en dos etapas:

• Ubicación y toma de contacto del infiltrado con el medio delictuoso que se intenta indagar, momento en que las operaciones de éste se orientarán principalmente, por medio del engaño, en crear relaciones de confianza con los individuos, las cuales les permitirán el progreso de su averiguación criminal.
• En la que el agente infiltrado podrá más oportunamente llevar a cabo las tareas de pesquisa de información e indicios de actividad ilícita que les han encomendado.

La infiltración policial, es una técnica prorrogable en el tiempo, pues la autorización de una identidad supuesta a un funcionario policial, en su condición de agente encubierto puede ser por diferirse según las necesidades de la investigación. Durante todo este tiempo el agente encubierto estará legítimamente habilitado para ejecutar acciones en todo lo relacionado con la investigación concreta, así como ha participar en el tráfico jurídico y social bajo su identidad supuesta.

Los principios de las operaciones encubiertas consisten en: Excepcionalidad (se aplica de manera excepcional en caso de ausencia o insuficiencia de medios de prueba), Jurisdiccional (deben ser autorizadas por autoridad jurisdiccional competente), Pertinencia (se tomará en cuenta la relación costo-beneficio y complejidad de la investigación), Proporcionalidad (Sólo cuando el interés público o general de la sociedad sea superior al interés privado), Reserva (Las actuaciones se desarrollarán con la más estricta reserva y confidencialidad, velando por la seguridad, la vida e integridad física de quienes la ejecuten), Especialidad (Las personas involucradas, deberán ser idóneos y especializados en las técnicas de investigación), Legalidad (debe respetarse la Constitución Política del Estado, las convenciones y tratados internacional vigentes, leyes y otras normas) y Celeridad (deberá actuarse con prontitud y diligencia, por la finalidad de las mismas, bajo prevenciones de ley).

En cuanto a las características las operaciones encubiertas deben ser: autorizadas por el juez, deben existir indicios suficientes, idoneidad de la medida, necesidad de la medida, gravedad de la conducta investigada y motivación.


REFERENCIAS

García Ramírez Sergio, Rojas Valdez Eduardo. (2020). EVOLUCIÓN Y RESULTADOS DE LA LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA. México: UNAM.
Lucía Almaraz Cázarez. (2016). Operaciones encubiertas, su obscuridad legal: Figura vulnerante de las garantías de certeza y de seguridad jurídica. 12-Nov-2020, de Derecho global. Estudios sobre derecho y justicia Sitio web: http://www.scielo.org.mx/scielo.php?pid=S2448-51362016000100147&script=sci_arttext
Karla del Rosario Aburto Guzmán. (2019). Inconstitucionalidad de las operaciones encubiertas como método extraordinario de investigación criminal. Ciudad de México: CIDE. http://mobile.repositorio-digital.cide.edu/bitstream/handle/11651/3763/164846.pdf?sequence=1&isAllowed=y