La Controversia Constitucional

  • Por Equipo Expresión Forense
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  • 09 noviembre, 2021
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  • Derecho
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Los filósofos de la ciencia y los sociólogos, consideran que la ciencia es una situación de manera idealizada, pues nuestro mundo esta fuera de la realidad.

Estos acontecimientos siempre van a ser observados a través de filtros de los conceptos teóricos y las pruebas de las mismas.

Es un tipo de juicio en el cual se va a promover ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), y se van a resolver conflictos que surjan entre poderes federales, poderes de los estados, órganos de gobierno de la Ciudad de México.

También se van a dar entre los órdenes de gobierno federal, estatal, municipal o de la Ciudad de México.

•Juicio de única instancia.
•Se produce por una norma general.
•Cumple su función como un mecanismo de control abstracto y concreto.

Esta controversia se da también por una invasión de competencias o diferentes tipos de violación a la Constitución Federal, este problema se da por los órganos ya señalados.

Cuando se menciona la controversia constitucional, se dice que es posible impugnar los actos y normas generales, van a varias los efectos posibles según sea el objeto impugnado.

El individuo que promueve, va a plantear la existencia de un agravio en su perjuicio, se va a emitir una disposición de carácter general por parte de una autoridad o poder y se va hacer como una sola ley, un reglamento o bien un decreto. Se van ejercer diferentes funciones, que tiene a cargo otro poder en un gobierno.

Son impugnados los tipos de actos de autoridad y las normas de carácter general, se va hacer un tipo de excepción cuando sea relativo en materia electoral.

Características de la controversia constitucional respecto la SCJN ha identificado:

•Se restaura para garantizar el principio de la división de poderes, se va a plantear una invasión de las competencias establecidas en nuestra Constitución.
•Se va a constituir un verdadero juicio entre los poderes, entes u órganos, que se van a precisar en el articulo 105 fracción de la Constitución Federal.
•Solo se va a promover por la federación, estados, municipios y la CDMX.
•Se va a suponer la existencia de un agravio en perjuicio del promovente.
•Engloba la realización de todo un proceso, (demanda, contestación, pruebas, alegatos y sentencias)

La finalidad de la controversia constitucional es fortalecer el federalismo y garantizar la supremacía de la Constitución.

•El Poder Judicial de la Federación no está facultado para iniciar una controversia.
•No es posible iniciar controversias constitucionales en contra del Poder Judicial de la Federación ni de los órganos que lo integran.